La Comisión de Nominaciones de la Caja Popular Cristóbal Colón, S.C. de A.P. de R.L. de C.V., con fundamento en lo dispuesto en los artículos 42 , 43 Bis y 45 Bis de la ley general de sociedades cooperativas (en adelante “LGSC”), en el artículo 30 de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (en adelante “LRASCAP”), así como los artículos 69 al 78, 82, 83 y demás relativos de las Bases Constitutivas.

C O N V O C A
A los Socios que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 74 de las Bases Constitutivas, así como los establecidos en la presente convocatoria y estén interesados en participar en el proceso de elección y nombramiento de Consejero de la Caja Popular Cristóbal Colón, S.C. de A.P. de R.L. de C.V. (en adelante la “Sociedad”), a solicitar su registro y presentación de su documentación de Aspirante.

B A S E S
PRIMERA. Cargos y periodos de nombramiento. El proceso de elección tiene como propósito designar a un miembro titular del Consejo de Administración y a un miembro titular y dos suplentes del Consejo de Vigilancia de esta Sociedad, quienes ocuparán el cargo a partir del 29 de abril de 2023, por un periodo de 4 años, con posibilidad de una sola reelección por un periodo igual, cuando lo aprueben por lo menos las dos terceras partes de la Asamblea General Ordinaria de Delegados de la Sociedad, en cumplimiento de los establecido en el artículo 78 de las Bases Constitutivas.
SEGUNDA. Requisitos que deben cumplir los socios interesados y documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos legales.
Los socios interesados en ocupar los cargos referidos en la Base Primera, deberán cumplir con los siguientes requisitos y entregar la documentación comprobatoria requerida:
1. Tener por lo menos un año como socio de la Sociedad. Se podrá acreditar con su certificado de aportación o cualquier otro documento expedido por la Sociedad que demuestre la antigüedad del socio.
2. Acreditar conocimientos y experiencia en materia financiera y administrativa. Para lo cual se deberá presentar dos cartas de recomendación, expedidas por personas físicas o morales en las que la persona haya prestado servicios profesionales cuyo desempeño requiera conocimientos en materia financiera y administrativa, durante un mínimo de tres años, siendo dicho plazo anterior a la fecha de su presentación ante la Sociedad. En caso de que la persona no pueda acreditar su experiencia en las materias antes señaladas mediante las dos cartas citadas, la Sociedad, podrá tomar en cuenta las constancias, títulos, certificados, diplomas o cualquier otro tipo de documento, en los que conste el reconocimiento de la calidad o capacidad técnica o profesional de la persona que se trate, expedidos por instituciones educativas de nivel superior, públicas o privadas, nacionales o extranjeras de reconocido prestigio.
3. Historial crediticio satisfactorio o elegibilidad crediticia. Para verificar se deberá obtener un reporte emitido por una Sociedad de Información Crediticia autorizada conforme a la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, que contenga antecedentes de por lo menos cinco años anteriores a la fecha en que se pretenda inicie el ejercicio del cargo, o del periodo que comprenda la información con la que, en su caso, cuente la Sociedad de Información Crediticia de que se trate, cuya fecha de emisión no exceda de 180 días naturales con relación a la fecha de presentación de los mismos ante la Sociedad. Para ser considerado dentro de los candidatos a Consejeros, deberá contar con un Mop 1 en su reporte de información crediticia. En caso que cuente con un Mop 2, se le pedirá regularice su situación para ser candidato al cargo. Si cuenta con Mop 3, se rechazará la Solicitud.
4. Contar con reconocida calidad moral. Para verificar se deberá obtener una Declaración por escrito y bajo protesta de decir verdad dirigida a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en la que se manifieste contar con Solvencia Moral. Así como dos referencias personales expedidas por personas morales o físicas que los recomienden por su buena fama pública expresando los datos necesarios a fin de corroborar dichas referencias. Dichas cartas deberán ser emitidas por personas con las que el interesado haya tenido relaciones laborales o comerciales, sin que en ningún caso las puedan expedir el cónyuge o las personas que tengan parentesco por consanguinidad hasta el segundo grado, afinidad hasta el primer grado o civil con dicha persona. Se considerará que no cuentan con solvencia moral, aquellas personas que hayan estado sujetas a procedimientos de averiguación o investigación de carácter administrativo por infracciones graves o penal, por violaciones a las leyes financieras nacionales o extranjeras, que hayan tenido como conclusión cualquier tipo de resolución o acuerdo que implique expresamente la aceptación de la culpa o responsabilidad, o bien, sentencia condenatoria firme.
5. No desempeñar simultáneamente otro cargo como dirigente, funcionario o empleado en la Sociedad, así como en otras Cooperativas distintas a los Organismos de Integración. Para verificar se deberá obtener una carta suscrita por el interesado bajo protesta de decir verdad, en la que conste que cumple con este requisito.
6. No haber desempeñado cargo como consejero en otras Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo. Para verificar se deberá obtener una carta suscrita por el interesado bajo protesta de decir verdad, en la que conste que cumple con este requisito.
7. No tener más de 57 años al día de la elección. Para verificar se deberá obtener el acta de nacimiento del interesado.
8. No haber desempeñado cargo de empleado o funcionario de la Sociedad en el periodo que comprenda al menos los últimos 5 años previos al día de la elección. Para verificar se deberá obtener una carta suscrita por el interesado bajo protesta de decir verdad, en la que conste que cumple con este requisito.
9. No estar inhabilitado para ejercer el comercio. Para verificar se deberá obtener una carta suscrita por el interesado bajo protesta de decir verdad, en la que conste que cumple con este requisito.
10. No estar sentenciado por delitos intencionales patrimoniales. Para verificar se deberá obtener una carta de no antecedentes penales expedida por la Procuraduría de Justicia o la Fiscalía del Estado del lugar de residencia del Aspirante.
11. No tener litigio pendiente con la Sociedad. Para verificar se deberá obtener una carta suscrita por el interesado bajo protesta de decir verdad, en la que conste que cumple con este requisito.
12. No haber celebrado con la Sociedad, directa o indirectamente, contratos de obras, servicios, suministros o cualquier otro de naturaleza análoga, o participar en empresas con las que la Sociedad celebre cualquiera de los actos antes señalados. Para verificar se deberá obtener una carta suscrita por el interesado bajo protesta de decir verdad, en la que conste que cumple con este requisito.
13. No desempeñar un cargo público de elección popular o de dirigencia partidista. Para verificar se deberá obtener una carta suscrita por el interesado bajo protesta de decir verdad, en la que conste que cumple con este requisito.
14. No estar inhabilitado para ejercer cualquier cargo, comisión o empleo en el servicio público Federal, Estatal o Municipal, en el Sistema Financiero Mexicano conforme a la LRASCAP. Para verificar se deberá obtener una carta suscrita por el interesado bajo protesta de decir verdad, en la que conste que cumple con este requisito.
15. No tener parentesco por consanguinidad hasta el primer grado, afinidad hasta el segundo grado, o civil con el gerente general o con alguno de los miembros del consejo de administración o de vigilancia de la Sociedad. Para verificar se deberá obtener una carta suscrita por el interesado bajo protesta de decir verdad, en la que conste que cumple con este requisito.
Los Aspirantes se abstendrán de buscar contacto individual con los consejeros de la Sociedad durante el plazo de vigencia de la convocatoria, para tratar asuntos relacionados con el proceso de elección.

TERCERA. Documentación requerida para integrar expediente.
Los socios interesados deberán entregar la siguiente documentación:
1. Solicitud de registro con firma autógrafa, a través del formato que para tal efecto la Sociedad le proporcione.
2. Copia de la identificación personal, que deberá ser, en todo caso, de un documento original oficial emitido por autoridad competente, vigente a la fecha de su presentación, que contenga la fotografía, firma y, en su caso, domicilio.
3. Copia de la constancia de la Clave Única de Registro de Población expedida por la Secretaría de Gobernación; documento en el que conste la asignación del número de identificación fiscal y/o equivalente, expedido por autoridad competente, cuando cuente con ellos. No será necesario la constancia de la Clave Única de Registro de Población si ésta aparece en otro documento o identificación oficial.
4. Copia del comprobante de domicilio, que podrá ser algún recibo de pago por servicios domiciliarios como, entre otros, suministro de energía eléctrica, telefonía, gas natural, de impuesto predial o de derechos por suministro de agua o estados de cuenta bancarios, todos ellos con una antigüedad no mayor a tres meses a su fecha de emisión, contrato de arrendamiento vigente a la fecha de presentación por el interesado, constancia de residencia emitida por autoridad municipal, el comprobante de inscripción ante el Registro Federal de Contribuyentes.
5. Copia del acta de nacimiento del candidato, en su caso, de su cónyuge e hijos.
6. Copia del acta de matrimonio, en su caso corresponda.
7. Curriculum Vitae firmado.

CUARTA. Notificaciones.
Las notificaciones que deban realizarse de manera personal, mismas que se harán a través del correo electrónico que el Aspirante señale para tales efectos y que deberán ser acusadas de recibido de forma inmediata a su recepción, en el entendido de que los Aspirantes no lo hagan dentro de las veinticuatro horas posteriores a su envío, se darán por debidamente notificadas. El correo electrónico será el medio de comunicación principal durante el desarrollo de la presente convocatoria, por lo que el Aspirante deberá consultar de manera frecuente y no podrá modificarse una vez realizado el registro.

QUINTA. Etapas del proceso de elección y nombramiento.
1. Publicación de la Convocatoria. La presente Convocatoria se publicará del 06 al 20 de marzo de 2023 en las instalaciones de las sucursales mediante avisos en tableros visibles y en la página internet de la Sociedad: www.ccolon.org.mx.
2. Registro de Aspirantes. El registro de los Aspirantes se realizará del 22 al 24 de marzo de 2023, bastando para ello presentarse con la documentación requerida en el domicilio ubicado en Guadalupe Victoria número 125, colonia centro, Autlan de Navarro, Jalisco, dentro del horario de 9:00 horas a 16:00 horas, más información comunicarse los teléfonos 317 382 0470, 317 382 3075 extensión 6020.
3. Verificación de los requisitos legales. En esta etapa se revisará que los Aspirantes cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 78 de las Bases Constitutivas, así como en la presente Convocatoria, los Aspirantes que no cumplan con dichos requisitos no podrán continuar con el procedimiento de elección.

Los Aspirantes que participen en el proceso de elección y nombramiento en todo momento deberán mantener el cumplimiento de requisitos, de no ser así, la Comisión de Nominaciones descartará al Aspirante que se encuentre en este supuesto.

La Comisión de Nominaciones podrá realizar las gestiones necesarias a fin de comprobar la veracidad de la información y documentación.
4. Capacitación. Los Aspirantes que acreditaron la verificación del cumplimiento de requisitos, a través de su correo electrónico se les convocará para la capacitación en la fecha, hora y lugar que se determine.

Los temas desarrollados en el programa de capacitación comprenden:
    1. Principios cooperativos.
    2. Conocimiento de las bases constitutivas.
    3. Atribuciones y funciones de los consejeros.
    4. Normatividad a la que está sujeta la Sociedad.
5. Examen de conocimientos, pruebas psicométricas y psicológicas. Una vez concluida la capacitación, los Aspirantes que hayan acreditado la etapa de verificación de requisitos, se les convocará a través de su correo electrónico para la aplicación del examen de conocimientos, pruebas psicométricas y psicológicas, en la fecha, hora y lugar que se determine. La Comisión de Nominaciones podrá determinar diferentes turnos u horarios de aplicación dependiendo de la cantidad de personas aspirantes programadas para sustentar el examen de conocimientos y de las pruebas psicométricas y psicológicas.

Para la presentación del examen y de las pruebas, los Aspirantes deberán asistir puntualmente a la sede, en la fecha y horarios que correspondan. Asimismo, deberán exhibir el comprobante de registro e inscripción correspondiente, así como una identificación con fotografía vigente.

No se podrá sustentar examen y la aplicación de las pruebas en la sede, fecha y horario distintos a los establecidos, ni se aceptarán justificantes de inasistencia de cualquier índole, los Aspirantes que no se presenten perderán su derecho y quedarán fuera del proceso de elección.

La Notificación que se dé a conocer al Aspirante respecto al resultado que recaiga a la evaluación será "Aprobatorio" o "No Aprobatorio", y en ningún caso contendrá calificaciones, puntajes o porcentajes. Los Aspirantes deberán aprobar el examen de conocimientos, las pruebas psicométricas y psicológicas. El examen de conocimientos, pruebas psicométricas y psicológicas utilizados en esta etapa de convocatoria tendrán el carácter de información confidencial.

La Comisión de Nominaciones informará al Consejo de Administración los nombres y calificaciones de los Aspirantes que acceden a la siguiente etapa, así las calificaciones de los que no pasen.

Cualquier modificación a las fechas o plazos previstos en la presente convocatoria, se hará del conocimiento de los Aspirantes a través del correo electrónico que haya señalado para tales efectos en la solicitud correspondiente.

6. Integración de la propuesta y del nombramiento. El Consejo de Administración a través de su Comisión de Nominaciones, evaluará a los candidatos a efectos de proponer su elección en la Asamblea General Ordinaria de Delegados para integrar el Consejo de Administración y el Consejo de Vigilancia, sea en forma de Consejero titular o suplente de conformidad en lo estipulado en las Bases Constitutivas.

La Asamblea General conocerá el pe il de los candidatos a desempeñarse como consejeros, y se someterá a su consideración la documentación e información que al efecto se haya obtenido de conformidad con lo establecido en las Bases Constitutivas, de tal suerte que la Asamblea General evalúe la honorabilidad, historial crediticio y experiencia de negocios de los candidatos.

Los Consejeros serán electos por la Asamblea General Ordinaria de Delegados.

7. Motivo de exclusión.
    1. El Aspirante podrá ser excluido del proceso de elección de Consejero, cuando no se apegue a lo estipulado en la presente convocatoria.
    2. Presentar documentación con tachaduras, enmendaduras o apócrifas o que no reúna los requisitos establecidos en esta convocatoria, proporcionar datos falsos o que no correspondan al Aspirante.
    3. No presentarse oportunamente en la hora, fecha y lugar indicados para la aplicación del examen de conocimientos, pruebas psicométricas y psicológicas.
    4. Haber causado baja como socio de la Sociedad por cualquier motivo.

8. Complementaria.
    1. Es responsabilidad del Aspirante enterarse y apegarse al contenido de la convocatoria en su totalidad, sin que sea argumento válido el desconocimiento de sus lineamientos, en caso de ser excluido del proceso de elección de Consejero.
    2. No se otorgarán dispensas de ninguna clase, ni segunda opción, con objeto de garantizar la transparencia, legalidad y equidad del proceso de elección.
9. Los casos no previstos en esta convocatoria serán resueltos por la Comisión de Nominaciones de la Sociedad.


Atentamente: Autlán de Navarro, Jalisco, a 06 de marzo de 2023

Comisión de Nominaciones