• ¿QUÉ ES UNA PERSONA MORAL?
  • REQUISITOS
  • DOCUMENTACIÓN
  • DERECHOS
  • OBLIGACIONES
  • BENEFICIOS
  • RESTRICCIONES
¿QUÉ ES UNA PERSONA MORAL?
Una persona moral, está constituida por accionistas, y a través del representante legal podrán contratar con nosotros productos de ahorro e inversión para mejor manejo de su liquidez y disponibilidad inmediata de sus recursos.
REQUISITOS
Estar constituido como Persona Moral, conforme a la Legislación Mexicana y debidamente inscrita en el Registro Público de Comercio correspondiente, la cual debe estar conformada por personas físicas, nacionales, sin importar que sea de constitución reciente.
Podrán ser socios como Persona Moral:
  • La Nación, los Estados y los Municipios.
  • Las demás corporaciones de carácter público reconocidas por la ley.
  • Las sociedades Civiles o Mercantiles.
  • Los sindicatos, las asociaciones profesionales y las demás a que se refieren la fracción XVI del artículo 123 de la Constitución Federal.
  • Las sociedades cooperativas y mutualistas.
  • Las asociaciones distintas de las enumeradas que se propongan fines políticos, científicos, artísticos, de recreo o cualquier otro fin licito, siempre que no fueren desconocidas por la ley.
Deberá acreditar capacidad jurídica para invertir en el capital social de la Cooperativa, además el representante legal tendrá que acreditar la personalidad Jurídica y ser socio persona física de la cooperativa.
DOCUMENTACIÓN
  • Denominación o razón social.
  • Acta constitutiva.
  • Cédula de identificación fiscal expedida por la secretaría y, en su caso, documento en el que conste la asignación del número de identificación fiscal y/o equivalente, expedido por autoridad competente.
  • Constancia de situación fiscal.
  • El número de serie de la firma electrónica avanzada.
  • Comprobante de domicilio de la empresa (Recibo de la luz, de telefonía, de gas natural, de impuesto predial o de derechos por suministros de agua, y estados de cuenta bancarios; todos ellos con una antigüedad no mayor a tres meses de su fecha de emisión, contrato de arrendamiento vigente a la fecha de presentación por el cliente, constancia de residencia emitida por autoridad municipal).
  • Poder del representante legal.
  • Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal, así como de los accionistas que sus aportaciones sean igual o mayor al 25% (Credencial para votar, el pasaporte, la cédula profesional, la cartilla del servicio militar nacional, el certificado de matrícula consular, la tarjeta única de identidad militar, la tarjeta de afiliación al Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, las credenciales y carnets expedidos por el Instituto Mexicano del Seguro Social, por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, por el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas o por el Seguro Popular).
  • CURP del representante legal y accionistas que sus aportaciones a la empresa sean igual o mayor al 25% (La cual deberá ser generada por el operador, en la página oficial de RENAPO).
  • Comprobante de domicilio del representante legal, así como de los accionistas que sus aportaciones sean igual o mayor al 25% (Recibo de la luz, de telefonía, de gas natural, de impuesto predial o de derechos por suministros de agua, y estados de cuenta bancarios; todos ellos con una antigüedad no mayor a tres meses de su fecha de emisión, contrato de arrendamiento vigente a la fecha de presentación por el cliente, constancia de residencia emitida por autoridad municipal). (En caso de que el domicilio del representante legal o accionistas coincida con el reflejado en la credencial del INE, no será necesario presentar uno diferente).
  • Constancia de Situación Fiscal del representante legal y accionistas que sus aportaciones a la empresa sean igual o mayor al 25%.
  • Llenar la Solicitud de Admisión RE-CP-88.
  • Firmar Aviso de Privacidad RE-PD-02.
  • Cubrir sus partes sociales de $1,300.00. ( un mil trescientos pesos 00/100 M.N.).
  • Depositar el monto mínimo establecido por la Cooperativa para la apertura de cuenta.
DERECHOS
  • Realizar depósitos de dinero en las diferentes modalidades aprobadas por el Consejo de Administración.
  • Retirarse libremente de la Sociedad en cualquier tiempo. En caso de que el socio persona moral tenga depósitos a plazo o retirables en días preestablecidos, se le devolverán en el tiempo y forma en que se hubieren pactado.
  • El Director o Gerente General dispondrán, si es necesario, de hasta treinta días naturales para devolver el total de los depósitos del socio, sin perjuicio de lo estipulado en el artículo 21 de las Bases Constitutivas de la Cooperativa.
  • Disponer o retirar de sus depósitos que se encuentren a la vista.
  • Asistir a las asambleas con voz y voto y ser elegido como delegado.
  • Nombrar y ser nombrado consejero con base en lo establecido en las Bases Constitutivas de la Cooperativa y en el Reglamento para la integración y funcionamiento de los órganos sociales de administración y vigilancia y demás normatividad aplicable a la Entidad.
  • Conocer información de la situación financiera de la Sociedad.
  • Proponer modificaciones a las Bases Constitutivas de la Cooperativa con arreglo al procedimiento emitido por el Consejo de Administración.
  • Utilizar los servicios establecidos en la Sociedad en los términos y bajo las restricciones que indiquen los reglamentos y políticas de operación de dichos servicios.
  • Acudir ante la comisión que el Consejo de Administración determine, para la conciliación y arbitraje de los conflictos emanados de sus derechos y obligaciones como Socio.
  • Los demás consignados en las Bases Constitutivas de la Cooperativa, en los reglamentos, políticas y demás normatividad emitida por la Asamblea y el Consejo de Administración, en la LGSC, LRASCAP y demás disposiciones relativas aplicables a la Entidad.
OBLIGACIONES
  • Cumplir y hacer cumplir las Bases Constitutivas, los reglamentos, políticas, procedimientos y demás normatividad vigente en la Sociedad, así como los acuerdos de la Asamblea General, del Consejo de Administración y del Consejo de Vigilancia.
  • Cubrir los incrementos al valor del certificado de aportación y en su caso, al capital social en los términos aprobados por la Asamblea General.
  • En caso de resultar electo como delegado representante de Sucursal, asistir y participar en la Asamblea General.
  • Interesarse por conocer el funcionamiento de la Sociedad y su situación financiera.
  • Utilizar los servicios y gozar de los beneficios otorgados por la Sociedad, cumpliendo en tiempo y forma con las obligaciones y compromisos adquiridos.
  • Respetar, defender y promover los principios cooperativos y el sentido social de los servicios de la Sociedad, fomentando la integración Cooperativa.
  • Participar en el desarrollo económico y social de la Sociedad con el objeto de generar un impacto efectivo y favorable en su comunidad.
  • Conducirse ante los funcionarios y empleados de la Sociedad con el debido decoro y respeto, salvaguardando el orden y la disciplina en sus instalaciones y fuera de éstas.
  • Las demás consignadas en las Bases Constitutivas de la Cooperativa, en los reglamentos, políticas, procedimientos y demás normatividad aprobada por la Asamblea y el Consejo de Administración, en la LGSC, LRASCAP y demás disposiciones relativas aplicables.
BENEFICIOS
  • Derecho a promociones.
RESTRICCIONES
  • No contarán con seguro de vida.
  • No contarán con seguro al ahorro.
CUENTAHABIENTE