• REQUISITOS
  • DOCUMENTACIÓN
  • DERECHOS
  • OBLIGACIONES
  • BENEFICIOS
REQUISITOS
  • Ser mayor de 18 años y menor de 66 años de edad.
  • Poseer espíritu de trabajo y de honradez, en pleno goce de sus derechos civiles.
  • Con nacionalidad mexicana o bien acreditar su legal residencia en el país mediante su FM2 o FM3 expedido por autoridad competente.
  • Tener su domicilio o fuente de ingresos dentro de la circunscripción territorial donde se encuentra ubicada una agencia o sucursal.
  • Cubrir sus partes sociales de $1,300.00 (Un mil trescientos pesos 00/100 M.N.).
  • Depositar el monto mínimo establecido por la Cooperativa para la apertura de cuenta.
  • Llenar la solicitud de admisión RE-CP-03.
  • Firmar Aviso de Privacidad en cumplimiento con el artículo 15 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
DOCUMENTACIÓN
  • Original y Copia de Identificación Oficial.
  • Original y Copia de Comprobante de domicilio, (en caso de que el domicilio coincida con el reflejado en la credencial del INE, no será necesario presentar uno diferente).
  • Original y Copia de la CURP. (La cual deberá ser generada por el operador, en la página oficial de RENAPO).
Como Identificación Oficial.

(Credencial para votar, pasaporte, cédula profesional, licencia para conducir, cartilla del Servicio Militar Nacional, certificado de matrícula consular, tarjeta única de identidad militar, tarjeta de afiliación al Instituto Nacional de las personas adultas mayores, credenciales y carnets expedidos por el Instituto Mexicano del Seguro Social, por el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas o por el Seguro Popular).

Como Comprobante de domicilio.

(Recibo de la luz, de telefonía, de gas natural, de impuesto predial o de derechos por suministros de agua, y estados de cuenta bancarios; todos ellos con una antigüedad no mayor a tres meses de su fecha de emisión, o contrato de arrendamiento registrado ante la autoridad fiscal competente).

DERECHOS
  • Realizar depósitos de dinero en las diferentes modalidades aprobadas por el Consejo de Administración.
  • Obtener créditos y/o préstamos en las condiciones y términos establecidos en el reglamento, políticas y procedimientos de crédito de la Sociedad.
  • Retirarse libremente de la Sociedad en cualquier tiempo, siempre y cuando no existan obligaciones y operaciones activas pendientes, en cuyo caso deberá liquidarlas previamente. En caso de que el socio tenga depósitos a plazo o retirables en días preestablecidos, se le devolverán en el tiempo y forma en que se hubieren pactado.
  • El Director o Gerente General dispondrán, si es necesario, de hasta treinta días naturales para devolver el total de los depósitos del socio, sin perjuicio de lo estipulado en el artículo 21 de las Bases Constitutivas de la Cooperativa.
  • Disponer o retirar de sus depósitos, a no ser que los haya otorgado expresamente como garantía líquida (reciprocidad) de uno o más créditos o préstamos.
  • Asistir a las asambleas con voz y voto y ser elegido como delegado o representante.
  • Nombrar y ser nombrado consejero con base en lo establecido en las Bases Constitutivas de la Cooperativa y en el Reglamento para la integración y funcionamiento de los órganos sociales de administración y vigilancia y demás normatividad aplicable a la Entidad.
  • Conocer información de la situación financiera de la Sociedad.
  • Proponer modificaciones a las Bases Constitutivas de la Cooperativa con arreglo al procedimiento emitido por el Consejo de Administración.
  • Utilizar los servicios establecidos en la Sociedad en los términos y bajo las restricciones que indiquen los reglamentos y políticas de operación de dichos servicios.
  • Acudir ante la comisión que el Consejo de Administración determine, para la conciliación y arbitraje de los conflictos emanados de sus derechos y obligaciones como Socio.
  • Los demás consignados en las Bases Constitutivas de la Cooperativa, en los reglamentos, políticas y demás normatividad emitida por la Asamblea y el Consejo de Administración, en la LGSC, LRASCAP y demás disposiciones relativas aplicables a la Entidad.
OBLIGACIONES
  • Cumplir y hacer cumplir las Bases Constitutivas, los reglamentos, políticas, procedimientos y demás normatividad vigente en la Sociedad, así como los acuerdos de la Asamblea General, del Consejo de Administración y del Consejo de Vigilancia.
  • Cubrir los incrementos al valor del certificado de aportación y en su caso, al capital social en los términos aprobados por la Asamblea General.
  • En caso de resultar electo como delegado representante de Sucursal, asistir y participar en la Asamblea General.
  • Interesarse por conocer el funcionamiento de la Sociedad y su situación financiera.
  • Utilizar los servicios y gozar de los beneficios otorgados por la Sociedad, cumpliendo en tiempo y forma con las obligaciones y compromisos adquiridos.
  • Desempeñar con honestidad y profesionalismo el cargo de consejero electo por la Asamblea General, siempre y cuando acredite los requisitos estipulados en las Bases Constitutivas de la Cooperativa y los que la Asamblea determine, con sujeción a los valores éticos y principios cooperativos descritos en este instrumento.
  • Respetar, defender y promover los principios cooperativos y el sentido social de los servicios de la Sociedad, fomentando la integración Cooperativa.
  • Participar en el desarrollo económico y social de la Sociedad con el objeto de generar un impacto efectivo y favorable en su comunidad.
  • Conducirse ante los funcionarios y empleados de la Sociedad con el debido decoro y respeto, salvaguardando el orden y la disciplina en sus instalaciones y fuera de éstas.
  • Las demás consignadas en las Bases Constitutivas de la Cooperativa, en los reglamentos, políticas, procedimientos y demás normatividad aprobada por la Asamblea y el Consejo de Administración, en la LGSC, LRASCAP y demás disposiciones relativas aplicables.
BENEFICIOS
SEGURO DE VIDA

Seguro de vida hasta por $37,500.00 (Treinta y siete mil quinientos pesos 00/100 Moneda Nacional) dependiendo de la antigüedad como socio y su saldo promedio anual.

Más información consultar.


Documentación requerida para dar de baja a un socio:
  • Acta de defunción.

Requisitos que la Cooperativa requiere para dar inicio al tramite del Seguro de Vida:

DEL CUENTAHABIENTE FALLECIDO.

  • Acta de defunción. (Si el fallecimiento ocurre en el extranjero, se deberá presentar la inscripción del certificado de defunción extranjera y el acta de defunción mexicana).
  • Identificación oficial con fotografía. (Si la identificación fuera extranjera anexar una traducción simple, previo cotejo con original).

DEL BENEFICIARIO.

  • Identificación oficial con fotografía, vigente. (Si la identificación fuera extranjera anexar una traducción simple, previo cotejo con original).

NOTA: El(los) beneficiario(s), serán los responsables de reclamar el beneficio y tendrán un plazo de un año a partir de la fecha de fallecimiento del cuentahabiente, para reclamar el seguro de vida.

Seguro de protección al crédito.

El socio al momento de cubrir sus Partes Sociales, automáticamente quedan asegurados, en caso de muerte, sus deudas, es decir si el socio tiene deudas con la Caja Popular Cristóbal Colón, éstas quedan totalmente perdonadas tomando en cuenta lo siguiente:

  • El monto total a asegurar es máximo $2,000,000.00 (la deuda a condonar no deben superar dicha cifra)
Documentación y tiempo de entrega.

La documentación y tiempo de entrega es la misma que para el seguro de vida, no es necesario traer doble copia, el trámite es el mismo.

Otros beneficios

Remesas:

En Caja Popular Cristóbal Colón puedes cobrar los envíos de dinero de tus familiares o amigos tanto nacionales como internacionales. Este servicio podrán gozarlo socios de Caja Popular Cristóbal Colón y público en general. (Consultar remesadoras).

Compra de Microseguros:

Adicional al seguro de vida que un socio adquiere al ingresar a la Cooperativa, podrá adquirir un seguro de vida grupal hasta $75,000.00 en INSIGNIALIFE:

Cobertura básica:

  • Fallecimiento por cualquier causa. (Excepto suicidio, el cual se cubre después de 2 años de contratación continua).
  • Edad mínima de 18 años, edad máxima 65 años. (Renovaciones subsecuentes de póliza de manera ininterrumpida hasta los 70 años de edad).
  • Casos fuera del rango de edad comunicarse con Gerente de Sucursal.
  • Sin pruebas médicas. (Deberá firmar declaratoria de salud)
  • FIRMAR el consentimiento en donde debe asignar a un BENEFICIARIO.
  • Forma de pago: Inmediato y en una sola exhibición.

Requisitos:

  • Ser socio de Caja Popular Cristóbal Colón de hasta 65 años de edad (edad máxima para adquirirlo por primera vez).
  • Acudir a educación o análisis de crédito de la Cooperativa en cualquiera de las sucursales de Jalisco y Colima.
  • Presentar identificación oficial vigente (INE, Pasaporte, etc.).
  • Nombre completo del beneficiario (de preferencia traer copia de INE).
Seguro de vida grupal. Con nosotros... estás seguro.
SUMA ASEGURADA**
COSTO ANUAL 2023**

$50,000.00

$253.19

$100,000.00

$506.38

Aplican restricciones. **Sujeto a políticas de la aseguradora. Montos expresados en moneda nacional.

  • REQUISITOS
  • BENEFICIOS
REQUISITOS
  • 24 mensualidades de historial crediticio con pagos puntuales dentro de la Cooperativa y sin tener más de 4 abonos atrasados por año hasta 10 días.

  • Expediente integrado correctamente.
BENEFICIOS
  • Los créditos que soliciten los socios cumplidos les serán entregados inmediatamente a excepción de los créditos refaccionario y habilitación así como los hipotecarios.
  • A los socios cumplidos se les atenderá en cajas especiales y no requerirán el uso de turnomático para que sean atendidos mostrando una credencial que los identifique como tal, proporcionada por la Cooperativa.
  • Los avales a utilizar en los créditos que tramiten los socios cumplidos serán de acuerdo a la siguiente tabla:

Número de avales
Monto a otorgar
0
Hasta $250,000.00
1
Desde $250,001.00 hasta $500,000.00
(Montos expresados en Moneda Nacional)
  • Aplica solo para un crédito a la vez activo.
  • Este beneficio solo aplica para Crédito Ordinario, Crediliquidez, Línea de Crédito Premier, Línea de Crédito Ordinaria y Línea de Crédito Crediliquidez.
  • Se podrá tomar en garantía líquida el 5% del monto a solicitar.
Nota: Será facultad del comité de crédito omitir el beneficio de socio cumplido, en consideración a las garantías presentadas, a los montos manejados y al historial crediticio interno y externo.
CUENTAHABIENTE

AVAL

CODEUDOR

PERSONA MORAL

AHORRADOR MENOR